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institución:PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
 
tipodocumento:BE Objeciones al Cartel y Apelaciones
 

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R-DCA-494-2016 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las ocho horas diecinueve minutos del quince de junio de dos mil dieciséis.------------ RECURSOS DE OBJECIÓN interpuestos por CONSTRUCTORA AYM DESARROLLOS URBANÍSTICOS S.A. y por HIJOS DE HERIBERTO HIDALGO SUCESORES LIMITADA en contra del cartel de la LICITACIÓN PÚBLICA No. 2016LN-000001-0007200001, promovida por el MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA para la “Compra de Equipo Policial (Chalecos y cascos antibalas, municiones, detector de metales, entre otros”.------------------------------------------- RESULTANDO I. Que el nueve de junio de dos mil dieciséis se recibe en esta Contraloría General vía correo electrónico oficio No. PI-141-2016 del nueve de junio de dos mil dieciséis emitido por la Proveeduría Institucional de la Presidencia de la República mediante el cual remite recurso de objeción de la empresa Constructora A y M Desarrollos Urbanísticos S.A. contra el cartel de referencia.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------- II. Que el diez de junio de dos mil dieciséis se recibió en esta Contraloría General de la República recurso de objeción interpuesto por Hijos de Heriberto Hidalgo Sucesores Limitada, en contra del cartel de la referida licitación pública. ----------------------------------------------------------- III. Que esta resolución se dicta en el plazo de ley, observándose las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes. ---------------------------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO I. SOBRE LA ADMISIBILIDAD DE LOS RECURSOS INTERPUESTOS: El artículo 81 de la Ley de Contratación Administrativa (LCA) establece que contra el cartel de la licitación pública podrá interponerse recurso de objeción ante la Contraloría General de la República: “...dentro del primer tercio del plazo para present ...
Fecha publicación: 20/06/2016
Fecha emisión: 15/06/2016
Institución: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


R-DJ-375-2010 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División Jurídica San José, a las doce horas del cinco de agosto del dos mil diez. -------------------------------------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por Corporación Motortec S.A. en contra del cartel, de la Licitación Pública 2010LN-000056-02100, promovida por el Ministerio de la Presidencia para la compra de equipo de transporte- compra de vehículos. ------------------------------------------------------ I.-POR CUANTO: La firma Corporación Motortec S.A. interpuso recurso de objeción en contra del cartel de la Licitación Pública 2010LN-000056-02100, para la compra de equipo de transporte- compra de vehículos. ---------------------------------------------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Mediante auto de las doce horas del veintitrés de julio de dos mil diez, se concedió audiencia especial a la Administración con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y remitiera una copia fiel del cartel. -------------------------------------------- III. POR CUANTO: La Administración respondió la audiencia el 28 de julio de 2010. -------------- IV.-SOBRE EL FONDO: En forma reiterada este Despacho ha indicado que el recurso de objeción ha sido dispuesto en nuestro ordenamiento como el remedio para eliminar obstáculos injustificados o arbitrarios a la libertad de participación, en aras de respetar los principios de libre concurrencia e igualdad de trato. Así, los potenciales oferentes coadyuvan con la Administración en la formulación y depuración del pliego de condiciones. Bajo esa línea de pensamiento, este recurso demanda que el inconforme señale en forma expresa y razonada en qué consiste la arbitrariedad de la Administración, es decir, debe demostrar la falta de fundamento técnico o jurídico de las cláusulas cuestionadas (todas correspondientes a la línea 3, vehículos tipo sedán), a ...
Fecha publicación: 07/08/2010
Fecha emisión: 04/08/2010
Institución: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Tesauro: Vehiculos, Compras de vehiculos, Vehiculos


PAGE 2 R-DAGJ-759-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las nueve horas del siete de noviembre de dos mil cinco.-------------------------------------- Diligencias de aclaración y adición presentadas por Disexport Internacional, S.A. respecto de la Resolución R-DAGJ-683-2005, de las once horas del trece de octubre de dos mil cinco.-------------- RESULTANDO I.-La gestión que se conoce fue interpuesta en forma extemporánea de conformidad con el numeral 101 del Reglamento General de Contratación Administrativa (véase fecha de notificación y razón de recibido de este Despacho en expediente de apelación).-------------------------------------------------- II.-Solicita la firma gestionante que se adicione y aclare lo referido puntuar las cajas de cambio sin sustento técnico (véase escrito agregado al expediente de apelación).-------------------------------------- CONSIDERANDO Único. En relación con la solicitud de aclaración y adición hecha por la firma gestionante, este Despacho estima que no proceden, toda vez que, no obstante fueron presentadas en forma extemporánea, la Resolución de referencia es clara y completa en todos su extremos. En todo caso, aclaramos que las diligencias tienen como fin aclarar o adicionar sobre aquello “...que consideren pertinentes para la correcta compresión de lo dispuesto por la Contraloría General” (artículo 101 del Reglamento General de Contratación Administrativa), pero no pueden utilizarse para cuestionar criterios que fueron ampliamente expuestos en dicha resolución, así como tampoco se deben entender como plataforma para pretender la variación del fallo (véase Voto 485-94 de las dieciséis horas del veinticinco de enero de mil novecientos noventa y cuatro de la Sala Constitucional). De conformidad con lo anterior, procede rechazar de plano, por extemporáneas e improcedentes, las presentes diligencias de aclaración y adición.--------------------------------------------- ...
Fecha publicación: 10/11/2005
Fecha emisión: 07/11/2005
Institución: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: OTROS


PAGE 4 R-DAGJ-683-2005 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División Asesoría y Gestión y Jurídica San José, a las once horas del trece de octubre de dos mil cinco.------------------------------------------ Recursos de Objeción al cartel interpuestos por Agencia Datsun S. A. y Disexport Internacional S. A. en contra del cartel de la Licitación por Registro 01-06-2005 promovida por el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM) para la compra de vehículos.----------------- I.-Por cuanto: Las firmas objetantes presentaron recurso de objeción en contra del cartel de la referida licitación, manifestando su disconformidad con algunos requerimientos del cartel.----------- II.-Por cuanto: Mediante auto de las once horas con cuarenta y cinco minutos del treinta de setiembre de dos mil cinco, se confirió audiencia especial a la Administración con el objeto de que se refiera a los argumentos de las objetantes y remitiera una copia del cartel.--------------------------- III.-Por cuanto: CONAPAM, mediante escrito presentado el cinco de octubre de dos mil cinco, respondió la audiencia.------------------------------------------------------------------------------------------- IV.-Sobre el fondo: A) Recurso presentado por Agencia Datsun S. A.: Líneas 1, 2 y 3“cilindrada”: Solicita la objetante que se amplíe la cilindrada a partir de los 2.800 hasta los 3.500 cc. para el ítem 1, 1.500 hasta 2.500 cc. para el ítem 2 y 1.500 hasta 1.600 cc., para cumplir así con los kw solicitados. La Administración no encuentra inconveniente en modificar el cartel para que el margen de tolerancia en las líneas 1 y 2 se aumente y se establezca en un 10% respecto del mínimo. En cuanto a la línea 3, señala que tampoco encuentra inconveniente en modificar el cartel para que el margen de tolerancia se aumente y se establezca en un 10% tanto para el mínimo como al máximo, así para el motor como para la potencia. Criterio para resolver: Vista la respuesta de la Administración, se p ...
Fecha publicación: 29/10/2005
Fecha emisión: 26/10/2005
Institución: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL